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En construcción el siniestro caro casi nunca es el que pasa en la obra. Es el que aparece dos años después de entregarla, cuando el edificio se mueve, el cliente reclama y usted descubre que la garantía de post-trabajos no estaba contratada. O el día en que un operario de una subcontrata se cae y la reclamación le llega a usted como empresa principal.
Una constructora no tiene un seguro: tiene tres frentes distintos, y casi siempre uno de ellos está descubierto.
El primero es la responsabilidad civil, que es donde se juega el dinero de verdad. Dentro de ella hay explotación por lo que pasa mientras trabaja, patronal por los daños a sus propios operarios, cruzada por los daños entre contratistas de una misma obra, de productos y post-trabajos por lo que aparece cuando la obra ya está entregada, y subsidiaria por lo que hagan sus subcontratas.
El segundo es el material: la maquinaria, las herramientas, la caseta de obra, el acopio y los vehículos. Aquí entra la avería propia, el robo en obra y el transporte entre tajos.
Y el tercero es la obra en sí, que se cubre con un todo riesgo construcción o un seguro decenal cuando hay edificación de vivienda. Son pólizas por obra, no anuales, y se contratan antes de empezar.
A eso se suman las obligaciones de convenio con sus trabajadores, que van en póliza aparte y son las que más se olvidan hasta que hay una inspección.
Dos constructoras con la misma facturación pueden necesitar pólizas muy distintas. Esto es lo que de verdad mueve la aguja.
Esto es lo que debería estar en sus condiciones particulares. La columna de la derecha es lo que compruebo yo en cuanto me llega la póliza de una constructora.
| Garantía | Qué cubre | Qué mirar en su póliza |
|---|---|---|
| RC de explotación | Daños a terceros mientras trabaja | El capital por siniestro y si cubre trabajos en altura |
| RC patronal | Daños a sus propios operarios | Que el capital por víctima sea suficiente y no excluya temporales ni ETT |
| RC cruzada | Daños entre contratistas de la misma obra | Si está incluida o hay que pedirla aparte |
| RC subsidiaria de subcontratas | Lo que causen sus subcontratas | Que exista, y qué le exige a usted para responder |
| RC post-trabajos | Daños que aparecen tras la entrega | El plazo en años y si cubre el trabajo mal ejecutado o solo sus consecuencias |
| Daños a colindantes | Grietas y daños al edificio de al lado | Si está excluida la cimentación y el descalce |
| Maquinaria y herramienta | Avería, robo y daños en obra | Si cubre a todo riesgo o solo incendio y robo, y si incluye el traslado entre tajos |
| Robo en obra y caseta | Sustracción de material acopiado | Las medidas de seguridad que le exige el condicionado |
| Todo riesgo construcción | Daños a la obra durante su ejecución | Se contrata por obra, no va en la anual |
| Decenal | Daños estructurales diez años | Obligatorio en edificación de vivienda para venta |
| Defensa jurídica | Pleitos y reclamaciones | Si cubre defensa penal del administrador y de los encargados |
| Accidentes de convenio | Muerte e incapacidad por accidente laboral | Va en póliza aparte; comprobar que la tiene y con el capital del convenio |
Esto es lo que queda fuera casi siempre, y conviene saberlo antes de firmar un contrato que dé por hecho lo contrario.
Ordenados por lo que cuesta cada uno el día que hay reclamación.
Es el hueco más caro del sector y el más frecuente. Muchas pólizas no la llevan, y las que la llevan la limitan a uno o dos años. En construcción las reclamaciones aparecen mucho más tarde: una humedad, una grieta, una instalación que falla. Si no hay post-trabajos, responde su patrimonio.
Es la garantía que se activa cuando un operario tiene un accidente grave. Veo capitales heredados de hace años que hoy no cubren ni una sentencia media. Y el recargo de prestaciones de la Seguridad Social, que es lo que de verdad duele, hay que comprobar expresamente si está incluido.
Usted responde de lo que hagan. Si su póliza no lleva subsidiaria y la subcontrata no tiene seguro en vigor, la reclamación termina en su empresa. Pedirles el certificado cada año no cuesta nada y evita el disgusto.
Una retro o una plataforma tiene dos vidas: circulando y trabajando. El seguro de circulación cubre la primera. Los daños que causa la máquina mientras trabaja son responsabilidad civil de explotación, y muchas pólizas los excluyen expresamente si no se declara la maquinaria.
Cuando hay vaciado, pilotaje o recalce, el riesgo de dañar el edificio de al lado es real. Es una exclusión muy común y muy poco leída, y aparece justo en las obras donde más falta hace.
El convenio de la construcción obliga a asegurar a los trabajadores por muerte e incapacidad derivadas de accidente laboral. No va dentro de la RC. Es póliza aparte y se comprueba en dos minutos.
No es lo mismo una reforma de vivienda que una promoción entera, ni una nave prefabricada que una rehabilitación de fachada en casco antiguo. El pliego del promotor, la licitación pública o el contrato privado le van a exigir cosas distintas, y si la póliza no las recoge el problema aparece cuando ya no hay margen para arreglarlo.
Estas son las exigencias que veo repetirse en los contratos que me llegan del sector, para que compruebe cuáles le afectan antes de firmar el siguiente encargo.
El capital no sale de una cifra bonita, sale de tres datos que usted ya tiene: el presupuesto anual ejecutado, el volumen que subcontrata y el importe de la obra más grande que se le puede caer encima. Con esos tres números se ve enseguida si el límite contratado aguanta o es decorativo.
Hay tres magnitudes distintas que conviene no confundir. El límite por siniestro es el tope que paga la compañía en un solo hecho. El límite por anualidad es lo que paga en todo el año, sumando siniestros. Y el sublímite por víctima, dentro de la patronal, es el tope real cuando el dañado es un trabajador suyo: de nada sirve un límite general alto si por víctima se queda en una cifra corta, porque una incapacidad permanente reclamada en el juzgado se va muy por encima.
Después está la fianza y la defensa. Las reclamaciones de obra terminan en procedimiento con frecuencia, y el coste de perito, abogado y procurador corre durante años. Si la póliza no incluye defensa jurídica con límite suficiente, el gasto de defenderse puede pesar más que la propia indemnización.
Y un detalle que casi nadie mira: la fecha de efecto frente a la fecha de reclamación. La mayoría de pólizas de construcción trabajan por reclamación formulada durante la vigencia, con retroactividad limitada. Si cambia de póliza y la nueva no respeta la retroactividad de la anterior, los trabajos entregados antes se quedan en tierra de nadie.
Con esto le devuelvo por escrito dónde está cubierto, dónde no y qué capital se le ha quedado corto.
Las dudas que me llegan cada semana por WhatsApp, contestadas sin rodeos.
Es la que responde de los daños que aparecen después de entregar la obra, causados por el trabajo que usted hizo. Es la más importante del sector y la que más veces falta.
Como empresa principal puede responder solidariamente. Por eso conviene tener responsabilidad civil subsidiaria y exigir a cada subcontrata su certificado de seguro en vigor.
No necesariamente. El seguro de circulación cubre la máquina como vehículo. Los daños que causa mientras trabaja van por la responsabilidad civil de explotación, y hay que declararla.
El decenal es obligatorio en edificación de vivienda destinada a venta. Para una reforma normalmente no, pero conviene mirar caso por caso qué exige el promotor o el ayuntamiento.
No. La póliza responde del daño que ese trabajo causa a otros bienes o a personas, no del coste de volver a ejecutarlo. Es la confusión más habitual del ramo.
No. Es una póliza independiente de accidentes que obliga el convenio de la construcción, y se contrata aparte.
Cero euros y sin compromiso. Mi remuneración la paga la compañía y no encarece su póliza.
Se lo digo por escrito y no le insisto más. Con quince años en esto, es una respuesta que doy más veces de las que parece.
Lo miro yo personalmente. Si no puedo mejorarte lo que ya tienes, te lo digo y no te vendo nada.
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